Gobierno define eventos en los que ordenará auditorías externas a entidades financieras (11:51 a.m.)
01 de Octubre de 2010
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Nota:
69027
Cuando se presenten situaciones que permitan inferir riesgos o circunstancias que puedan afectar el interés público, atentar contra la estabilidad, seguridad y confianza en el sistema financiero, asegurador y bursátil y/o los intereses de los consumidores financieros que merezcan un estudio especializado, entre otros eventos, la Superintendencia Financiera podrá ordenar, mediante acto administrativo debidamente motivado, la contratación de auditorías externas, con cargo a la respectiva entidad financiera. Así lo acaba de decretar el Gobierno, al reglamentar el artículo 84 de la Ley 1328 del 2009 (reforma financiera) y definir los objetivos y principios de esas auditorías, la manera de escoger a los auditores, la forma de realizarlas, su tiempo de duración, el contenido de los informes y sus efectos.
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