¿Excepcionar contra el mandamiento de pago suspende el proceso de cobro? (11:57 a.m.)
18 de Mayo de 2018
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Nota:
60625
Dentro de las excepciones que se pueden formular contra el mandamiento de pago está la de interposición de demandas de restablecimiento del derecho o de proceso de revisión de impuestos ante la jurisdicción de lo contencioso administrativo, precisa la Sección Cuarta del Consejo de Estado. Respecto a esta excepción, su efecto no es otro que el de suspender el proceso de cobro que se esté adelantando y se acredita con la admisión de la demanda, pues en este momento se verifica que la misma ha reunido todos los requisitos de ley para que sea conocida por el juez, y además se traba la relación jurídico procesal de la partes. Así las cosas, la exigibilidad del título ejecutivo compuesto por los actos administrativos que se encuentran demandados está reglada de manera especial en materia tributaria, ya que la ejecutoriedad de este se adquiere cuando la jurisdicción decide definitivamente los medios de control promovidos en su contra (C. P. Milton Chaves García).
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