Cooperativas deben comunicar al deudor principal y solo a los cooperados que son solidarios de las actuaciones administrativas sobre obligaciones tributarias (11:09 a.m.)
18 de Febrero de 2010
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Nota:
64550
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales precisó que la Circular 140 de octubre del 2004, que establece el procedimiento para comunicar de las obligaciones tributarias, indica que las divisiones de fiscalización y liquidación deben informar a cada solidario o subsidiario que se encuentre obligado y al deudor principal. Así, en el caso de las cooperativas, esta comunicación debe hacerse al deudor principal y únicamente a los cooperados señalados como solidarios.
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