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Tributario


Reducen tarifa de “retefuente” por licenciamiento o uso de software

18 de Julio de 2011

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Nota:
28344

Con el fin de incentivar el desarrollo y la utilización de software como herramienta que promueve la competitividad, el Gobierno redujo la tarifa de retención en la fuente por concepto de licenciamiento o uso de software.

 

En adelante, los pagos o abonos en cuenta que se realicen por dicho concepto  a contribuyentes obligados a presentar la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios estarán sometidos a una tarifa de retención en la fuente del 3,5%. Anteriormente, esta tarifa era del 11%.

 

De acuerdo con el Decreto 2521 del pasado 13 de julio, los pagos o abonos en cuenta a personas naturales no obligadas a presentar declaración se regirán por lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 1º del Decreto 260 del 2001, que fija la tarifa en un 10%.

 

Según esta norma, cuando del contrato se desprenda que los ingresos que obtendrá la persona natural beneficiaria del pago o abono en cuenta superen en el año gravable las 3.300 unidades de valor tributario (UVT) (82.936.000 pesos para el año 2011), la tarifa será del 11%.

 

El mismo porcentaje se aplica, cuando los pagos o abonos en cuenta realizados durante el ejercicio gravable por un mismo agente retenedor a una misma persona natural superen en el año gravable las 3.300 UVT.

 

En este último caso, la tarifa del 11% se aplicará a partir del pago o abono en cuenta que, sumado a los pagos realizados en el mismo ejercicio gravable, exceda dicho valor.

 

(Mintic, D. 2521, jul. 13/11)

 

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