Sucursales de sociedades extranjeras en Colombia deben observar el Estatuto de Inversiones Internacionales (9:48 a.m.)?
113064
05 de Noviembre de 2019
Escucha esta noticia audio generado con IA
Si una sociedad extranjera realiza actividades permanentes en Colombia a través de la sucursal que con este fin se incorpora en el país, las relaciones de tipo económico derivadas de operaciones de carácter comercial, laboral, fiscal, entre otras, se rigen por la ley colombiana. En este sentido, es necesario tener en cuenta lo previsto en el Decreto 119 del 2017, por el cual se expidió el Estatuto de Inversiones Internacionales, indicó la Superintendencia de Sociedades. En relación con la obligación de tener revisor fiscal, el artículo 472 del Código de Comercio señala que en el acto de incorporación que establezca la casa matriz debe adoptar una resolución en la que sucursal pueda operar en el territorio nacional, dentro de las cuales está la obligación de designar revisor fiscal, quien debe ser un contador público persona natural con residencia en Colombia.
¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito.
Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!