13 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 10 minutes | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Noticias / Tributario


Sociedades de comercialización internacional deben desarrollar su objeto social para que el registro ante la DIAN no pierda vigencia (10:43 a.m.)

04 de Agosto de 2010

Reproducir
Nota:
67880
Una sociedad de comercialización internacional debe desarrollar las operaciones de comercialización y venta de productos colombianos al exterior, a efectos de que su inscripción en el registro que maneja la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales continúe vigente, indicó la entidad, en reciente oficio. En caso de enajenación, los nuevos propietarios deben seguir desarrollando el objeto social principal y deben asumir las obligaciones inherentes a su condición para no cambiar de naturaleza. No desarrollar durante dos años consecutivos el objeto social principal es causal de cancelación de la inscripción, conforme al numeral 5 del artículo 8 del Decreto 1740 de 1994.

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)