Publican fallo que descartó la vulneración a la autonomía universitaria en la ley que estableció principios de evaluación de la educación superior (4:11 p.m.)
21 de Octubre de 2010
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Nota:
69513
La Corte Constitucional publicó el texto del fallo en el que declaró exequibles los artículos 1 al 7 y el numeral 11 del artículo 12 de la Ley 1324 del 2009, en la que se fijan los parámetros y criterios para evaluar la calidad de la educación. La corte indicó que con la ley no se vulneró la reserva legal en relación con la autonomía universitaria ni se excedió el ámbito propio de la facultad de inspección y vigilancia otorgada al Gobierno. Por el contrario, aclaró, la Ley 1324 respondió a la Sentencia C-782 del 2007, en la que se ordenaba que el legislador regulara de manera general, básica y mínima las materias relativas a la educación superior. De otra parte, precisó que las tarifas que debe cobrar el Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior por la prestación de sus servicios están reguladas tanto en la Ley 1324 como en la 635 del 2000. En esa medida, concluyó que el numeral 11 del artículo 12 de la ley acusada no vulneraba el principio de legalidad tributaria (M.P. María Victoria Calle Correa).
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