Pautas del Consejo de Estado deben tenerse en cuenta para efectuar devoluciones a favor del contribuyente (8:40 a.m.)
23 de Marzo de 2017
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Nota:
54741
Para determinar si hay lugar a efectuar devoluciones a favor del contribuyente es necesario verificar si se configuró un pago en exceso o de lo no debido, teniendo en cuenta las pautas contenidas en la jurisprudencia del Consejo de Estado y las circunstancias en las que se realizó el pago frente a cada impuesto y periodo, indicó el Ministerio de Hacienda. Los pagos en exceso o de lo no debido se originan en las declaraciones, actos administrativos o providencias judiciales cuando comportan un valor pagado de más o la ausencia de obligación, lo que da derecho a solicitar su compensación o devolución. Por su parte, los saldos a favor se refieren a una cantidad líquida de dinero en beneficio del contribuyente, resultante de la aplicación en el denuncio fiscal de retenciones, anticipos, descontables o saldos a favor de periodos anteriores, frente a lo cual la ley otorga responsabilidad de utilizarla para cubrir obligaciones tributarias (compensación) u obtener su reintegro (devolución).
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