Pasar al contenido principal
29 de Marzo de 2024 /
Actualizado hace 1 día | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Noticias / Tributario


Nuevas tarifas de retención y autorretención para ingresos por exportación de hidrocarburos y carbón

07 de Marzo de 2023

Reproducir
Nota:
158418
Imagen
petroleo-exploracionbigstock.jpg

Desde el 1º de marzo empezó a regir el Decreto 261, que actualiza las tarifas de retención y autorretención en la fuente de ingresos provenientes de la exportación de hidrocarburos, carbón y otros productos mineros. La norma responde a los cambios establecidos por la reforma tributaria del Gobierno de Gustavo Petro. 

Según un estudio económico de la Dirección General de Política Macroeconómica del Minhacienda, se requiere modificar las tarifas teniendo en cuenta que “el comportamiento de los precios internacionales del petróleo, carbón, otras materias primas y minerales ha permitido ingresos, liquidez y utilidades extraordinarias para las empresas del sector minero-energético”.  

El decreto explica que los cambios también disminuirán el impacto en caja que generarán las disposiciones de la reforma tributaria sobre las empresas en la vigencia 2024. Además, permitirán una distribución del recaudo en diversos pagos durante 2023. Estas son las nuevas tarifas.

Exportaciones de hidrocarburos (5,4 %): el Ministerio de Hacienda establece que en estos casos la base para practicar la autorretención se determinará por la diferencia entre el valor bruto del pago en divisas provenientes del exterior y el valor de la venta facturada por el productor de hidrocarburos a la sociedad de comercialización internacional, encargada de practicar la retención en la fuente a título de impuesto sobre la renta. (Lea: Inflación en febrero alcanzó el 13,28 %

Exportaciones de carbón hulla y lignito (5,4 %): la base para practicar la autorretención es la misma utilizada en el caso de los hidrocarburos.  

Otros productos mineros, incluyendo el oro (1 %): el decreto aclara que estas disposiciones no aplican para ingresos por exportaciones de oro que realicen sociedades de comercialización internacional, siempre y cuando los ingresos correspondan a oro exportado respecto del cual la sociedad haya efectuado retención en la fuente y complementarios a sus proveedores. 

Descargue el decreto para consultar las tarifas de los sujetos pasivos autorretenedores. (Lea: Gobierno modifica 17 trámites para facilitar servicio a ciudadanos

Opina, Comenta

Ver todos

UNIVERSIDAD PO…

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)