No se pueden discutir aspectos de fondo de la declaración por medio del procedimiento de corrección aritmética (11:59 a.m.)
14 de Septiembre de 2010
Reproducir
Nota:
68923
El Consejo de Estado recordó que la liquidación de corrección aritmética tiene como fin corregir los errores resultantes de operaciones matemáticas y confusiones de orden numérico. Por esta razón, mediante ese procedimiento no pueden discutirse aspectos de fondo de la declaración. El consejo aclaró que se configura el error aritmético con dos condiciones: que exista una operación aritmética mal calculada y que esta arroje como resultado un menor valor a pagar o un mayor saldo a favor. De esta forma, la Sección Cuarta rechazó la utilización de una liquidación de corrección aritmética para cuestionar un anticipo y realizar un nuevo cálculo (C.P. Hugo Fernando Bastidas Bárcenas).
Opina, Comenta