05 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 3 horas | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Noticias / Tributario


Minhacienda presenta nuevo proyecto de régimen sancionatorio aduanero

08 de Marzo de 2023

Reproducir
Nota:
158486
Imagen
¿La persona que va a empezar a importar mercancías debe estar inscrita en el RUT? (Freepik)

El Ministerio de Hacienda puso a disposición de los ciudadanos el proyecto de decreto por medio del cual se establecería el nuevo régimen sancionatorio y de decomiso de mercancías en materia de aduanas. Se trata de una iniciativa para modificar la Ley 1609 del 2013 (Régimen de Aduanas), que la Corte Constitucional declaró inexequible en 2021. 

El alto tribunal argumentó que el Ejecutivo no tenía facultades para definir dicho régimen, por lo que instó al Congreso para que, antes del 20 de junio del 2023, expidiera una ley al respecto. Sin embargo, el Gobierno Petro incluyó en la pasada reforma tributaria un artículo que le dio facultades extraordinarias al jefe del Ejecutivo para expedir la norma, por lo que esta semana presentó el proyecto de decreto.  

La situación ha sido criticada por gremios como la Asociación Nacional de Comercio Exterior (Analdex), que asegura que el proyecto le devuelve la competencia al Gobierno, contrariando lo estipulado por la Corte en la Sentencia C-441 del 2021. (Lea: Presentación del recurso de reconsideración en materia aduanera no se puede realizar de manera electrónica

 Los puntos clave del proyecto de decreto 

Según el documento publicado por el ministerio, el nuevo régimen establece el procedimiento a seguir por la Dian para la imposición de las sanciones y el decomiso de mercancías. Por ejemplo, se plantea crear un comité especial para la revisión de aprehensiones; es decir, la retención de mercancías, medios de transporte o unidades de carga mientras la autoridad aduanera verifica su introducción legal.  

Esta es una de las tantas medidas cautelares contempladas en la norma, entre las que también se encuentra la suspensión de la operación de importación o exportación, la suspensión provisional de la autorización de usuario aduanero y la inmovilización de mercancías, que se aplicará cuando los productos no cuenten con documentos que acrediten su legalidad.  

“Cuando la inmovilización de la carga se produzca en el depósito o la zona franca en la que fue descargada directamente la mercancía en la forma prevista en la normatividad aduanera, hasta tanto no se levante la medida cautelar, no procederá la presentación de la declaración de importación (...) en todos los casos, los costos de los bodegajes serán asumidos por el usuario aduanero”, dice el proyecto de decreto.  

La iniciativa también mantiene los tipos de sanción en leve, grave y gravísima. Además, añade una nueva conocida como amonestación, que se utilizará en casos como la posible falta de áreas necesarias para realizar la inspección física de las mercancías y demás actuaciones aduaneras.  

Por otra parte, establece que la sanción mínima será de 10 UVT, aproximadamente 424.000 pesos para 2023. También decreta la reserva de las investigaciones administrativas y eleva de 45 a 48 las causales de aprehensión. (Lea: Dian puede vender mercancías decomisadas cuando tengan características especiales o sean de mercado restringido

  

Descargue el proyecto de decreto, que estará disponible para comentarios hasta el 21 de marzo. 

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)