Incumplir los requisitos mínimos sobre conocimiento del cliente por parte de las agencias de aduanas da lugar a sanción (10:03 a.m.)
02 de Agosto de 2010
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Nota:
67719
El incumplimiento de los requisitos mínimos de información que deben solicitar las agencias de aduanas a sus clientes previstos en el artículo 27-1 del Decreto 2685 de 1999, tales como nombres y apellidos completos, profesión, oficio o actividad económica o capacidad financiera, da lugar a la aplicación de la sanción prevista en el artículo 485 ibídem, sobre requerimientos mínimos para el conocimiento del cliente, precisó la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, en concepto del 30 de junio.
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