Empresas de seguridad y vigilancia con licencia para el servicio de monitoreo de alarmas están sujetas a la contribución de la Ley 1341 del 2009 (3:28 p.m.)
13 de Octubre de 2010
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Nota:
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Teniendo en cuenta que el proveedor de redes y servicios de telecomunicaciones es aquella persona jurídica responsable de la operación y/o provisión de estos a terceros, las empresas de seguridad y vigilancia que tienen licencia de valor agregado para el servicio de monitoreo de alarmas, como soporte de su objeto principal, están sometidas a lo previsto en el artículo 24 de la Ley 1341 del 2009. En consecuencia, deben pagar una contribución anual a la Comisión de Regulación de Comunicaciones hasta por un valor del uno por mil de los ingresos brutos, excluyendo terminales, la cual está orientada a la recuperación de los costos del servicio. Así lo precisó la entidad, en concepto de septiembre.
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