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Dian precisa régimen tributario de asociaciones de municipios

El concepto aclara que dichas asociaciones pueden ejecutar contratos interadministrativos, convenios o administrar recursos públicos provenientes del presupuesto general de la Nación o de entidades territoriales.

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06 de Mayo de 2026

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La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) indicó que las asociaciones de municipios no son contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios.

No obstante, estas organizaciones sí están obligadas a presentar la declaración de ingresos y patrimonio, en cumplimiento de las disposiciones fiscales aplicables. (Lea: Dian aclara reglas para corregir declaraciones tributarias fuera del término de firmeza vigente)

Asimismo, el concepto aclara que dichas asociaciones pueden ejecutar contratos interadministrativos, convenios o administrar recursos públicos provenientes del presupuesto general de la Nación o de entidades territoriales. Estas actividades no afectan su condición de no contribuyentes, siempre que se mantengan dentro de su objeto, naturaleza jurídica y marco normativo correspondiente.

Posibles cambios en su calidad tributaria

La Dian señaló que la pérdida de la calidad de no contribuyente podría darse por disposición expresa de una reforma tributaria o ley de financiamiento. Adicionalmente, mediante procesos de fiscalización y la aplicación de la cláusula general antiabuso, la autoridad tributaria podría modificar esta condición en casos de abuso, fraude o simulación, conforme a los procedimientos establecidos en el Estatuto Tributario.

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