Decisiones de la Sala Plena de la Corte Constitucional del 22 y 23 de noviembre del 2011 (9:36 a.m.)
24 de Noviembre de 2011
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Nota:
77506
La Corte Constitucional, en Sala Plena del 22 y 23 de noviembre, adoptó las siguientes decisiones: declaró inexequible el artículo 18 de la Ley 1430 del 2010, que establece que para solicitar la devolución de impuestos es necesario presentar una caución; declaró exequible el artículo 52 de la Ley 1437 del 2011, que regula la caducidad de la facultad sancionatoria; declaró exequibles los artículos 208 y 209 del Código Penal, que fija quiénes son las víctimas del delito de actos sexuales abusivos; declaró exequible el artículo 335 de la Ley 906 del 2004, que fija el impedimento al juez que rechaza la preclusión para conocer del juicio. Adicionalmente, declaró exequibles dos disposiciones de la Ley 1430 del 2010, la que fija las sanciones para los distribuidores de combustibles que no cumplan las condiciones de exención tributaria (arts. 8, 21 y 48) y la que señala cuándo se configura la ineficacia de la declaración de retención en la fuente (art. 15). Finalmente, declaró exequible el artículo 14 de la Ley 48 de 1993, que definió los parámetros para definir la situación militar.
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