Comienzan vencimientos para que personas naturales declaren renta (9:55 a.m.)
30 de Julio de 2010
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Nota:
67750
Del 2 al 30 de agosto, según los últimos número del NIT, las personas naturales obligadas a presentar la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios en virtud de lo dispuesto en el Decreto 4929 del 2009 deberán hacerlo a través de las siguientes alternativas: mediante declaración electrónica, con el programa de ayuda-renta, disponible en el portal www.dian.gov.co, o con el formulario en papel. Con ambas opciones, el formulario debe ser impreso y presentado en el banco. La DIAN recordó que tiene disponible en su portal un tutorial, que, paso a paso, explica cómo cumplir con el trámite. Al utilizar la herramienta electrónica, que es gratuita, los contribuyentes evitarán posibles errores aritméticos, de identificación y de ubicación, entre otros beneficios, agregó la entidad.
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