Desnaturalización de la mercancía en presencia de la autoridad aduanera requiere petición del importador (3:39 p.m.)
05 de Septiembre de 2012
Reproducir
Nota:
82593
De acuerdo con lo previsto en el Decreto 732 del 2012, por el cual se realizan algunas modificaciones al Estatuto Aduanero, la desnaturalización de la mercancía en presencia de la autoridad aduanera requiere que el importador eleve un derecho de petición en ese sentido ante la dirección seccional de aduanas o dirección seccional de impuestos y aduanas con jurisdicción en el lugar donde esté la mercancía. Efectuado de manera positiva el trámite, finaliza la modalidad de importación temporal, quedando la mercancía en libre disposición dentro del territorio aduanero nacional, con las prerrogativas propias de tal calidad.
Opina, Comenta