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Actualizado hace 5 hours | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Tributario


Certifican tarifas impositivas mínimas de cervezas y vinos y precios de cigarrillos para cálculo del impuesto al consumo (11:00 a.m.)

24 de Diciembre de 2013

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Nota:
93681
Las tarifas del impuesto al consumo de licores, vinos, aperitivos y similares de producción nacional y extranjera tendrán un incremento del 3 %, según la Certificación 02 del 2013. Así las cosas, los valores impositivos, por unidad de 750 centímetros cúbicos y por cada grado de contenido alcoholimétrico, serán las siguientes: productos hasta con 35 grados de contenido alcoholimétrico, $ 288 y productos de más de 35 grados, $ 473. En el departamento de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, la tarifa aplicable a todos los licores, vinos, aperitivos y similares de producción nacional será de $ 27 por cada grado de alcohol alcoholimétrico. Con la Certificación 03, la Dirección General de Apoyo Fiscal del Ministerio de Hacienda certificó los promedios ponderados del impuesto al consumo de cervezas, sifones, refajos y mezclas, que aplican, como mínimo, a los productos extranjeros gravados durante el segundo semestre del 2013. Los valores por unidad de 300 centímetros cúbicos son los siguientes: cervezas, $ 300,17; sifones, $ 321,59 y refajos y mezclas, $ 101,29. Por último, con la certificación 04, el ministerio estableció las nuevas tarifas del impuesto al consumo de cigarrillos y tabaco elaborado, que rigen desde el próximo 1° de enero. Para cigarrillos, tabacos, cigarros y cigarritos, la tarifa será de $ 635,75 por cajetilla de 20 unidades o proporcionalmente a su contenido. Para la picadura, rapé o chinú, $ 40,14 por gramo o proporcionalmente a su contenido.

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