14 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 2 hours | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Tributario


Autoridad aduanera puede aceptar la licencia que se obtiene al momento de modificar la importación, si Mincomercio lo considera viable (5:07 p.m.)

10 de Febrero de 2010

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Nota:
64693
Cuando se modifica la modalidad de importación temporal de bienes de capital a importación ordinaria, para efectos de otorgar el levante de la mercancía, la autoridad aduanera acepta como documento soporte la licencia previa presentada con la declaración inicial. No obstante, un concepto del 2005 indica que la autoridad aduanera no puede desconocer como documento soporte de la declaración de importación con la que se da por terminada la importación temporal la licencia previa debidamente otorgada por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, aduciendo que no se obtuvo con ocasión de la declaración inicial sino con posterioridad, si el ministerio determina que es viable, luego de analizar cada caso particular. Así lo precisó la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, en reciente oficio, luego de resolver inquietudes relacionadas con el Concepto 77 del 2005.

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