Vendedor de equipos terminales debe suministrar al comprador toda la información sobre opciones de activación y uso en redes de telecomunicaciones (2:46 p.m.)
21 de Julio de 2010
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Nota:
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De acuerdo con lo previsto en la Resolución 1732 del 2007, por la cual se protegen los derechos de los suscriptores y usuarios de redes y servicios de telecomunicaciones, toda persona que comercialice equipos terminales debe suministrar al comprador, al momento de la venta y por cualquier medio, información sobre dichos equipos, sus características y restricciones, en relación con las facilidades y las opciones de activación y uso en las diferentes redes de telecomunicaciones, señaló la Comisión de Regulación de Comunicaciones, en reciente concepto. Cuando el usuario no puede utilizar el servicio contratado porque este no está disponible, puede solicitar a la empresa la terminación del contrato, sin lugar a pagar sumas diferentes a los consumos realizados, ni siquiera si hay cláusula de permanencia, precisó la entidad.
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