12 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 1 minute | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Noticias / Tecnología


Traslado de servicios de comunicaciones debe ser una condición contractual previamente aceptada (8:10 a.m.)

01 de Noviembre de 2017

Reproducir
Nota:
57877
En la celebración del contrato de prestación de servicios de comunicaciones se crean derechos y obligaciones para las partes. En el caso del proveedor, su obligación es la prestación del servicio en condiciones de calidad, continuidad y eficiencia, mientras que corresponde al usuario pagar a tiempo el servicio solicitado y hacer uso racional del mismo. La Resolución 5050 del 2016, por la cual se compila la normativa en materia de comunicaciones, prevé que mediante el contrato de prestación de servicios se definen las condiciones técnicas, económicas, jurídicas y comerciales del mismo, así como su contenido. Este documento deberá contener, entre otros puntos, lo relacionado con obligaciones y derechos de las partes, causales de incumplimiento y condiciones para el traslado a otro domicilio, cuando aplique. Así las cosas, indicó la Superintendencia de Industria y Comercio, las condiciones y procedencia del traslado corresponde a una condición contractual que ha sido previamente aceptada y, por ende, de obligatorio cumplimiento para las partes.

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)