Suspenden orden a proveedores de servicios de comunicaciones de reportar número de líneas y de usuarios (2:22 p.m.)
15 de Enero de 2013
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Nota:
85647
La Superintendencia de Industria y Comercio suspendió la disposición contenida en el literal b) del numeral 1.1.4.4.1. del capítulo primero del título III de su circular única, que ordenaba a los proveedores de servicios de comunicaciones reportar ante la Dirección de investigaciones de usuarios de servicios de comunicaciones, dentro de los 10 días siguientes al vencimiento de cada trimestre, una relación consolidada del número total de líneas y de usuarios. Sin embargo, la entidad señaló que se encuentra actualizando y decantando los términos en los cuales se deberá dar cumplimiento a este requerimiento.
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