Reglas para garantizar acceso a la información a personas ciegas y con baja visión no tiene reserva de ley estatutaria (8:32 a.m.)
20 de Febrero de 2015
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Nota:
99645
La Corte Constitucional publicó el texto de la sentencia que declaró exequible la Ley 1680 del 2013, al considerar que el tema de garantizar a las personas ciegas y con baja visión el acceso a la información no se encuentra sometida a reserva de ley estatutaria, pues no se trata de una regulación integral del derecho a la igualdad material y efectiva de las personas con discapacidad visual. En su opinión, es una norma que regula la faceta de accesibilidad y eliminación de barreras dentro del marco que definió la Ley estatutaria 1618 del 2013, que desarrolla integralmente los derechos de las personas con discapacidad y armoniza la normativa interna con los principios de la Convención de los derechos de las personas con discapacidad, aprobada por la Ley 1346 del 2009. Igualmente, advirtió que la norma se inspira en el derecho a la igualdad material, pero solo para desarrollar una de las obligaciones del Estado frente a las múltiples facetas de los derechos de las personas con discapacidad. Lo que se concreta en propiciar el acceso a la comunicación, la información y el conocimiento de estas personas ciegas (M. P. María Victoria Calle).
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