Régimen jurídico de proveedores de redes y servicios TIC es constitucional (10:52 a.m.)
24 de Julio de 2019
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Nota:
121431
La Corte Constitucional, a través de un comunicado de prensa, informó sobre la declaratoria de exequibilidad del artículo 55 (parcial) de la Ley 1341 del 2009, que regula el régimen jurídico de los proveedores de redes y servicios de las tecnologías de la información y las comunicaciones. El problema jurídico al que se enfrentó la Corte en esta oportunidad se centró en determinar si ese régimen, el cual es exclusivo del derecho privado para los proveedores de redes y servicios de las tecnologías de la información y las comunicaciones, sin tener en cuenta la composición de capitales de los mismos, vulneraba los principios constitucionales de la función administrativa. Al respecto, el alto tribunal concluyó que el legislador cuenta con un amplio margen de configuración para organizar los entes descentralizados por servicios (M. P. Gloria Stella Ortiz).
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