IMPORTANTE: Colegios pueden expulsar a estudiantes que denigren a compañeros con fotos íntimas en redes sociales (9:48 a.m.)
04 de Julio de 2018
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Nota:
108214
La Sala Quinta de Revisión de la Corte Constitucional determinó que no se vulnera el derecho fundamental a la educación cuando un colegio sanciona con expulsión, previa intervención y análisis del comité de convivencia escolar, a un estudiante por la utilización indebida de redes sociales. Esto al resolver el caso de un estudiante de una institución educativa que difundió fotos íntimas de otra menor de edad. El comité de convivencia escuchó al joven y determinó, con posterioridad, que debía ser sancionado con la expulsión definitiva del plantel. En ese sentido, el tribunal constitucional explicó que el escenario de las redes sociales expone a quienes lo usan a situaciones que en un principio pudieron no ser presupuestadas y que pueden implicar afectaciones a la dignidad de las personas cuando superan el ámbito de lo privado. Por último, la corporación sostuvo que existen límites infranqueables en el libre desarrollo de la personalidad relacionados con el respeto a la dignidad humana (M. P. Antonio José Lizarazo).
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