Fijan metodología y requisitos para autorización de obligaciones de hacer en el servicio de telecomunicaciones
07 de Enero de 2021
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Nota:
119422
A través de la Resolución 02715, el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones estableció la metodología, el procedimiento y los requisitos para la formulación, presentación, autorización, ejecución, cuantificación y verificación de las obligaciones de hacer que deberán ejecutarse mediante proyectos que permitan masificar el acceso y servicio universal a los servicios de telecomunicaciones en el territorio nacional. Lo anterior como forma de pago de las contraprestaciones a que se refiere el artículo 13 de la Ley 1341 del 2009. Será aplicable a los proveedores de redes y servicios de telecomunicaciones (PRST) y a los operadores de servicios postales. Las obligaciones de hacer que pueden ejecutar los PRST tendrán como finalidad la prestación de servicios móviles terrestres (IMT), acceso a internet (fijo o móvil) y la ampliación de la calidad, capacidad y cobertura de estos servicios para beneficiar a: i) poblaciones pobres y vulnerables; ii) zonas apartadas del país que no cuenten con servicios de telecomunicaciones o cuya calidad, capacidad y cobertura resulte insuficiente; iii) escuelas públicas ubicadas en zonas rurales; iv) instituciones oficiales como centros de salud, bibliotecas públicas o las que defina el ministerio y v) la prestación de redes de emergencias. Esta normativa también regula la formulación y presentación de las obligaciones, el banco de proyectos y el valor máximo de aprobación para la ejecución.
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