Decretos reglamentarios únicosNuevas medidas para fortalecer la actividad audiovisual en el país (2:38 p.m.)
29 de Junio de 2018
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Nota:
108247
El Ministerio de Cultura consideró necesario dejar claro, conforme a la Ley 1556 del 2012, cuáles son los servicios cinematográficos y audiovisuales, con el fin de aclarar que son aquellos que provienen de los equipos humanos e insumos artísticos o técnicos, como todos aquellos que hacen posible una producción desde el punto de vista logístico o material. Igualmente, trazó un lineamiento general dentro de los cometidos de la ley que favorezcan el desarrollo de trabajos de filmación en el país, incluyendo la posibilidad que tienen todas las entidades estatales de prestar el apoyo que se requiera para dicho efecto, especialmente en cuanto a la utilización de elementos y locaciones. Para lo anterior, la entidad definió una serie de parámetros tales como: cualquier apoyo que se brinde a tareas de filmación será previamente evaluado por la entidad y se autorizará siempre que esto no afecte de manera alguna sus actividades y funciones legales y que se asuma el compromiso de restituir las locaciones o elementos por parte del productor, como mínimo en idéntico estado al momento en que fueron recibidos, entre otros.
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