CRC hace precisiones sobre el ámbito de aplicación del RITEL (4:40 p.m.)
25 de Junio de 2019
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Nota:
121862
La Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) expidió la Circular 123 del 2019, por medio de la cual aclara el ámbito de aplicación del reglamento de redes internas de telecomunicaciones (RITEL) que será exigible a partir del 1° de julio del 2019, en relación con los casos de no obligatoriedad en el cumplimiento del mismo. Por ejemplo, señala que el periodo de transición busca no afectar los proyectos que ya cuentan con algún tipo de compromiso con un comprador en la etapa de preventa, para así brindar certidumbre de cara a la seriedad de los mismos y su viabilidad técnica. Estos compromisos adquiridos con los clientes van acompañados de los diseños y planos y, en consecuencia, el artículo 8.2.1.2, que contiene el ámbito de aplicación del referido régimen, contempla que no serán cobijados aquellos proyectos que iniciaron la etapa de preventa antes de la exigibilidad del RITEL.
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