CRC ajusta el tope de remuneración de facturación y recaudo y gestión operativa de reclamos (9:40 a.m)
01 de Septiembre de 2017
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Nota:
57131
Los proveedores de redes y servicios de telecomunicaciones que provean a terceros la instalación esencial de facturación, distribución y recaudo, así como el servicio adicional de gestión operativa de reclamos, deberán establecer en su oferta básica de interconexión (OBI) los valores asociados a su remuneración teniendo en consideración criterios de costos eficientes. En ningún caso, el valor de remuneración asociado a la instalación esencial podrá ser superior a $ 1.010,02 por factura, precio antes de IVA que incluye la remuneración, así como su respectiva utilidad. En aquellos casos en los que se fije un valor de remuneración conjunto (instalación esencial y servicio de gestión operativa de reclamos), dicho valor no podrá ser superior a $ 1.198,19 por factura, precio antes de IVA que incluye la remuneración de la instalación esencial y el servicio adicional mencionado, así como su respectiva utilidad. Los valores fijados podrán ser actualizados anualmente haciendo uso del IAT a partir del 1° de enero del 2018.
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