Anulan resolución que ordenó a proveedores informar medidas sobre suspensión de telecomunicaciones móviles
07 de Julio de 2021
La Resolución 19012 del 2020, expedida por la Directora de Investigaciones de Protección de Usuarios de Servicio de Comunicaciones de la Superintendencia de Industria y Comercio, fue declarada nula por la Sala Especial del Consejo de Estado.
Esta resolución ordenó a los proveedores de servicios de telecomunicaciones en el país informar a los usuarios acerca de las medidas adoptadas por el Gobierno en los decretos legislativos 464 y 555 del 2020, que fijaron reglas de prestación y suspensión de telecomunicaciones móviles y por la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC).
A juicio de la sala, como la resolución impartió instrucciones en materia de protección al consumidor para que los proveedores informaran las medidas a los usuarios, el despacho del Superintendente de Industria y Comercio era el competente para proferir la resolución controlada, según el artículo 3.5 del Decreto 4886 del 2011. (Lea: CRC modificó uno de los formatos de reporte de información de servicios de telecomunicaciones).
En tal sentido, acogió el criterio expuesto por la interviniente y el Ministerio Público, en el sentido que la Directora indicada de la SIC no tenía competencia para proferir la resolución controlada.
Por ello declaró su nulidad y precisó que la configuración de este vicio la releva de estudiar si el contenido material del acto viola o no normas superiores (C. P. Guillermo Sánchez Luque).
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