Actualizan fórmulas de contraprestaciones para servicio de radiodifusión sonora en FM
07 de Enero de 2021
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Nota:
119433
El Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (MinTIC) ajustó y actualizó los parámetros de valoración y las fórmulas de contraprestaciones establecidas para el servicio de radiodifusión sonora en frecuencia modulada (F. M.), establecidos en los artículos 2.2.7.3.1 y 2.2.7.3.2 del Decreto 1078 del 2015. En virtud de ello, y por medio de la Resolución 02757, afirmó que las fórmulas y los parámetros de valoración para determinar las contraprestaciones por permiso para el uso del espectro radioeléctrico en bandas atribuidas al servicio de radiodifusión sonora en frecuencia modulada varían entre el servicio de radiodifusión sonora comunitaria; el servicio de radiodifusión sonora de interés público y el servicio de radiodifusión sonora comercial. Igualmente, precisó que el valor anual de contraprestaciones (VAC) por el uso de una frecuencia asignada para la red punto a punto entre el estudio de emisión y el sistema de transmisión de una estación de radiodifusión sonora se liquidará con base la fórmula establecida por esta resolución, la cual encontrará adjunta a la nota. Cabe precisar que el MinTIC publicará el valor vigente del factor de precio base (P) cada año en su portal web, mediante circular informativa.
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