11 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 8 hours | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Penal


Relevo de jueces en el transcurso del juicio excepcionalmente configura nulidad (8:00 a.m.)

12 de Septiembre de 2016

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Nota:
123690
La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia advirtió que el criterio jurisprudencial en vigor frente al relevo de jueces, en la dinámica del sistema de juzgamiento de la Ley 906 del 2004, consiste en que tal circunstancia solo por excepción es constitutiva de nulidad, pues el cambio puede obedecer a situaciones administrativas ingobernables. Según explica la providencia, solo tiene eventual potencialidad de configurar una nulidad cuando el debate probatorio no es presenciado y dirigido por un mismo juez y a la par ello entraña violación de otras garantías; no obstante, si el supuesto fáctico procesal revela que las pruebas soporte de la decisión atacada fueron recibidas por el mismo funcionario que anunció el sentido de fallo, y que la sentencia guarda unidad temática con los argumentos expuestos en ese anuncio, la jurisprudencia ha sido enfática y reiterativa en que ningún agravio serio hay frente a la estructura del proceso o los derechos fundamentales de las partes (M. P. Eugenio Fernández Carlier).

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