Rechazan inconstitucionalidad de normas sobre discriminación y hostigamiento por supuesta falta de enfoque de género (9:55 a.m.)
03 de Junio de 2016
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Nota:
107082
La Sala Plena de la Corte Constitucional declaró la exequibilidad de los artículo 58.3, 134 A y 134 B del Código Penal, en los que se tipifican las conductas punibles de actos de discriminación y de hostigamiento, así como la causal de su agravación punitiva. Según el concepto del demandante, las disposiciones acusadas incurrían en una omisión legislativa, al no identificarse el móvil en condiciones de identidad de género. No obstante, la Corte encontró que el juicio de inconstitucionalidad no era viable frente a estas disposiciones, toda vez que antes de presentarse la demanda la Ley 1752 del 2015 modificó los tipos penales acusados mediante la introducción de una cláusula residual de factores de discriminación. De ahí que dicha cláusula ahora permite la criminalización de los delitos motivados por la condición de género, “tácitamente enmendando la presunta falencia constitucional identificada por el actor”. Los magistrados María Victoria Calle Correa, Jorge Iván Palacio y Luis Ernesto Vargas Silva manifestaron su salvamento parcial de voto al considerar que en el análisis y consideraciones que se exponen en la providencia la Sala ha debido pronunciar una decisión de exequibilidad condicionada. Finalmente, la magistrada Gloria Stella Ortiz salvó el voto en relación con el pronunciamiento de fondo respecto de los artículos 134 A y 134 B, toda vez que los tipos penales de actos de discriminación y hostigamiento previstos en estas disposiciones fueron modificados, “razón por la cual había carencia actual de objeto sobre el cual la Corte debía pronunciarse” (M.P. Luis Guillermo Guerrero).
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