Publican fallo que declaró inexequible expresión en la que se tipifica el lavado de activos (1:49 p.m.)
26 de Mayo de 2016
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Nota:
107200
"La Corte Constitucional publicó el fallo a través del cual declaró inexequible la expresión “o realice cualquier otro acto para ocultar o encubrir su origen ilícito”, del artículo 11 de la Ley 1762 del 2015, que tipifica el lavado de activos. Según el alto tribunal, la decisión tiene sustento en que deja sin sanción actos o conductas reprochables de ""ocultamiento"" o ""encubrimiento"" de bienes respecto de los cuales el agente sabe que son producto de los ilícitos que dicha norma relaciona, incluido el contrabando. A su juicio, ello fisura sensiblemente la efectividad de la norma frente a las muy diversas formas de aprovechar el resultado del ilícito mediante ingeniosas y sofisticadas maniobras que al efecto suelen ser desarrolladas y que el legislador, de antemano, no tiene por qué identificar o adivinar. En esa misma providencia se realizó el análisis constitucional de algunos apartes contemplados en los artículos 4º, 6,º 11, 14, 15 y 51 de la misma ley, así como la expresión “por cualquier medio”, contenida en el artículo 8º, todos ellos declarados exequibles (M. P. Alejandro Linares). "
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