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Sala Penal hace precisiones sobre la demanda de casación

El actor debe cumplir ciertos derroteros en la labor de fundamentación del recurso, algunos de carácter general, entre los que está el señalamiento de la causal invocada y la acreditación del error propuesto.

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29 de Agosto de 2018

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En múltiples providencias, la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia ha precisado que la demanda de casación no es un escrito de confección o elaboración libre en el que sea posible plantear alegaciones de cualquier tipo o de cualquier manera.

 

Por el contrario, es una exposición lógica jurídica vinculada al cumplimiento de ciertas exigencias mínimas de forma y contenido, y sin las cuales no es posible aprehender su estudio. (Lea: Esto debe tener en cuenta si desea presentar una demanda de casación penal)

 

Según este fallo, el actor tiene la obligación de circunscribir los ataques a las causales establecidas en las normas legales y de acreditarlos siguiendo las directrices trazadas por ellas y por la lógica que dicta la naturaleza de la causal planteada o del error denunciado.

 

También le impone cumplir ciertos derroteros en la labor de fundamentación del recurso, algunos de carácter general, entre los que se encuentran el señalamiento de la causal invocada (enunciado), la acreditación del error propuesto (desarrollo) y la precisión de la consecuencia jurídica (conclusión), y otros específicos asociados con el contenido del ataque cuyas particularidades dependerán del error planteado. (Lea: Conozca las precisiones de la Corte Suprema sobre la casación oficiosa)

 

Sumado a ello, el actor también debe sujetar su exposición a los principios que rigen su fundamentación, entre los que se cuentan:

 

i. El de autonomía de las causales

 

ii. No contradicción

 

iii. Coherencia y

 

iv. Razón suficiente.

 

La corporación afirmó que estos principios exigen, en su orden, no entremezclar alegaciones que involucren causales distintas, no incluir posturas excluyentes, mantener una adecuada relación entre el enunciado del cargo su desarrollo y su conclusión, y presentar una demanda que se baste así misma para lograr invalidar el fallo (M. P. José Francisco Acuña Vizcaya).

 

Corte Constitucional, Sala Penal, Sentencia SP-32042018 (51811), Ago. 8/18.

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