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Resultados lesivos de una conducta son imputables a todos los que crearon el riesgo y no solo a los autores

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30 de Septiembre de 2010

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La concreción de los riesgos generados en resultados lesivos y, por ende, la comisión de delitos pertenece a todos los que crearon esos riesgos, como a sus autores, porque los previeron como posibles y no hicieron nada por evitarlos. Así lo señaló la Corte Suprema de Justicia al casar parcialmente la sentencia proferida por el Tribunal de Antioquia y condenar a los 10 miembros del grupo armado ELN en calidad de coautores del concurso de delitos integrado por rebelión, terrorismo, homicidio simple múltiple y lesiones personales múltiples, a la pena de 40 años de prisión cada uno, por la muerte de cerca de 100 personas en el corregimiento de Machuca, municipio de Segovia (Antioquia), luego el grupo armado le colocara un artefacto explosivo al oleoducto y esto generara un incendio de grandes proporciones que afectó la población. El tribunal había estimado que solo se podía condenar a los responsables del delito de rebelión, pero la Sala Penal lo desestimó (M. P. Javier Zapata Ortiz).

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