Penal
La resolución de acusación es el marco fáctico y jurídico para la emisión del fallo
La Corte Suprema de Justicia reiteró esta tesis, que aplica para los procesos tramitados bajo el sistema de la Ley 600 del 2000.Openx [71](300x120)
09 de Noviembre de 2011
En los procesos tramitados bajo el sistema de la Ley 600 del 2000, la resolución de acusación es el marco fáctico y jurídico que debe guiar la emisión del fallo.
Esta tesis reiterada por la Corte Suprema de Justicia implica que toda circunstancia susceptible de incidir en la individualización de la pena debe ser fijada con claridad en la resolución de acusación, no solamente a través de la descripción de los hechos que permiten su configuración, sino también de la imputación jurídica, con inclusión de sus consecuencias.
Aunque en algún momento la Corte consideró que condenar por un delito diferente al de la acusación no desconocía el principio de congruencia, aclaró que esa posición fue reconsiderada. En ese sentido, resaltó la necesidad de que se le indique al investigado cuáles son las consecuencias, especialmente en materia punitiva.
La Sala Penal modificó la condena impuesta a un procesado por el delito de contrato sin cumplimiento de requisitos legales en la modalidad de concurso homogéneo y sucesivo, ya que en la acusación solo se le imputó una conducta punible.
(CSJ, S. Penal, Sent. 32063, ago. 24/11, M. P. José Luis Barceló Camacho)
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