Sorry, you need to enable JavaScript to visit this website.

Openx ID [25](728x110)

Penal


General Arias Cabrales “decidió empañar el triunfo legítimo de las instituciones”: Tribunal Superior de Bogotá

La corporación ratificó la condena a 35 años de prisión impuesta al militar por desapariciones ocurridas durante el Holocausto del Palacio de Justicia.
19617
Imagen
medi142810tomadelpalacio1-dj-1509243005.jpg

28 de Octubre de 2014

Escucha esta noticia audio generado con IA

Mantente al día

close

Suscríbete y escucha las noticias jurídicas narradas con IA.

Durante el operativo de retoma del Palacio de Justicia no solo se impartieron órdenes de desaparición forzada, sino que se evidenció la salida con vida de cinco de las víctimas. Así lo sostuvo el Tribunal Superior de Bogotá, al confirmar la condena a 35 años de prisión impuesta en el 2011 al general (r) Jesús Armando Arias Cabrales.

 

La corporación declaró la responsabilidad del uniformado como coautor mediato del delito de desaparición forzada, pues, en su calidad de comandante de la Brigada 13 del Ejército, tuvo conocimiento de que se impartieron directrices para la comisión de delitos de lesa humanidad y crímenes de guerra, pero no adelantó ninguna acción para evitarlos.

 

“El General Arias Cabrales sabía, y estaba obligado a saber, que en la fecha de los hechos y hasta la fecha de la acusación, el Derecho Internacional de los Conflictos Armados lo obligaba a tratar con humanidad a los combatientes vencidos, así como a todas las personas protegidas por esas reglas. Sin embargo, no cumplió con ese deber humano y militar”, sentenció.

 

A juicio de la corporación, el militar no solo tenía el deber de aplicar las leyes de la guerra, sino que debía dar un ejemplo de vida y honor a las tropas. No obstante, “decidió empañar el triunfo legítimo de las instituciones con una conducta reprobable a la luz de toda normatividad consuetudinaria o positiva de la humanidad, antigua o actual, salvaje o civilizada”, indica la sentencia.

 

Según el tribunal, del análisis de las comunicaciones que sostuvieron los militares que materializaron la acción de retoma del Palacio de Justicia, se evidencia que se impartieron órdenes para ejecutar secuestros y desapariciones forzadas. Y aunque no está demostrado claramente quiénes ejecutaron estas conductas, el comandante de la operación tuvo conocimiento del interés en su realización, sin que haya procedido para evitarlas.

 

“La Sala concluye que el acusado es coautor mediato porque esas instrucciones terminantes especiales para con los guerrilleros o sospechosos de serlo fueron un desarrollo ilícito de la política general, realizado por él como comandante de la fuerza pública en esa operación y por otros mandos militares que dominaron la voluntad de subalternos, medios e inferiores, de modo que en el futuro al probarse la intervención de otros mandos deberán responder como coautores mediatos, por acción o por omisión, como corresponda según la prueba que resulte de su intervención activa u omisiva en estos hecho”, señala la sentencia.

 

El fallo declara la nulidad parcial de la sentencia proferida en abril del 2011, en la que se responsabilizó a Arias de la desaparición de 11 civiles que estaban en la cafetería del Palacio de Justicia cuando ocurrió la toma. Por unanimidad, la sala aprobó la ponencia del magistrado Luis Fernando Ramírez, en la que se revisó esa postura y se concluyó que solo era posible establecer la ocurrencia de cinco desapariciones, investigadas por la Fiscalía y juzgadas en primera instancia por la juez Cristina Trejos.

 

En consecuencia, la corporación  ratificó la responsabilidad del hoy general retirado en la desaparición de Carlos Augusto Rodríguez Vera, Bernardo Beltrán Hernández, Luz Mary Portela León, David Suspes Celis e Irma Franco Pineda, pues no se probó suficientemente que las seis personas restantes hubieran salido con vida del Palacio de Justicia.

 

Finalmente, al precisar que es necesario reunir más elementos de prueba que acrediten la condición de desaparecidos de estas seis probables víctimas, ordenó perfeccionar la investigación que se adelanta por los casos de Cristina Del Pilar Guarín Cortés, Héctor Jaime Beltrán Fuentes, Gloria Stella Lizarazo Figueroa, Norma Constanza Esguerra Forero, Lucy Amparo Oviedo Bonilla Y Gloria Isabel Anzola De Lanao.

 

(Tribunal Superior de Bogotá, Sala penal, Sentencia 11001310405120090020303, M. P. Luis Fernando Ramírez)

 

Documento disponible para suscriptores de Legismóvil. Solicite un demo.

 


 

En estos videos, Tribunal Superior de Bogotá basó condena al general (r) Arias Cabrales por caso Palacio de Justicia

 

 

¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito. Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)