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Factores que sean valorados como elementos configurativos del delito no pueden apreciarse simultáneamente como circunstancias agravantes del mismo (9:21 a.m.)

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15 de Junio de 2010

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La Corte Suprema de Justicia recordó que los factores que sean valorados como elementos configurativos del delito no pueden apreciarse simultáneamente como circunstancias agravantes del mismo y a la vez de su punibilidad. De esta forma, la Sala Penal aclaró que, en el caso concreto de un ex juez acusado de prevaricato por acción en concurso con concierto para delinquir, la posición distinguida del imputado en la sociedad estaba referida precisamente a su calidad de servidor público, por lo que no podría agravársele la pena por la circunstancia genérica de posición distinguida, que ya se había tenido en cuenta para encuadrar la conducta en el tipo penal de prevaricato por acción. Luego de reiterar que una misma situación no puede considerarse más de una vez para derivar consecuencias punitivas diferentes, la corporación confirmó la condena al funcionario judicial por haber admitido demandas ejecutivas soportadas en supuestos títulos ejecutivos que no cumplían con los requisitos legales, todas ellas dentro de procesos laborales en contra de Foncolpuertos (M.P. José Leonidas Bustos Martínez).

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