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07 de Mayo de 2024 /
Actualizado hace 3 horas | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Penal


El caso de violencia intrafamiliar que un abogado justificó en que la mujer se demoró cocinando

09 de Marzo de 2021

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Al inadmitir una demanda de revisión presentada por el defensor de un hombre condenado como autor del delito de violencia intrafamiliar, la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia calificó como impropia la justificación dada por el profesional ante la conducta agresiva de su poderdante.

 

El defensor pretendió justificar los hechos violentos de su representado indicando que tenía afán y hambre, pero su compañera “cocinera” y “encargada de la cocina” incurrió en “desobediencia” por no atenderlo presurosamente y servirle la comida, lo cual determinó su ira y proceder violento y terminó arrojándole objetos.

 

Frente a esta situación, el alto tribunal rechazó tal fundamento, en el cual se pone a la mujer en un inadmisible papel de servilismo, subordinación y obediencia al hombre. Además, resulta ajeno a la igualdad que entre ambos proclaman y propugnan normas nacionales e internacionales. (Lea: Futura ley tendrá beneficios en materia de vivienda para mujeres víctimas de violencia intrafamiliar)

 

Sumado a lo anterior, el abogado, contrario a lo demostrado en el proceso ya culminado, afirmó que no se probó la violencia ejercida por su representado contra su compañera permanente, sin tener en cuenta lo declarado por ella, además del respectivo dictamen médico legal.

 

Adicionalmente, de manera confusa y sin demostración alguna, afirmó que su cliente, ahora condenado, “actuó en medio de intensa ira” provocada por su compañera al no atenderlo, por cuanto estaba bajo un trastorno mental transitorio que configura un estado de inimputabilidad. Sin embargo, este planteamiento evidencia la falta de demostración probatoria y la confusión entre institutos penales sustancialmente diversos.

 

 

 

 

En el caso concreto, un sujeto estaba enojado esperando la llegada su compañera permanente, con quien procreó una hija, porque su comida no estaba lista. Cuando ella le explicó que había llegado tarde porque sus jefes la habían demorado, procedió a insultarla y a tirar objetos, arrojándole desde el segundo piso un frasco grande de aceite por la espalda, causándole una lesión con incapacidad médico legal de siete días. 

 

Corte Suprema de Justicia, Sala Penal, Auto AP-3092021 (56923), Feb. 10/21.

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