Corte precisa alcance del non bis in ídem frente al delito de incesto y acceso carnal abusivo agravado (4:23 p.m.)
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30 de Octubre de 2012
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El delito de acceso carnal abusivo con menor de 14 años, agravado por la posición de autoridad derivada del vínculo sanguíneo, no puede concurrir con el incesto, señaló la Corte Suprema de Justicia. Para el alto tribunal, esta situación se presenta cuando el “carácter, posición o cargo” del agresor frente a la ofendida consiste únicamente en la relación padre – hija, ascendiente – descendiente. De esta manera, la Sala reiteró lo señalado en la sentencia 34133 del 25 de mayo del 2011, en cuanto a que la mencionada circunstancia de agravación punitiva para el punible de acceso carnal abusivo con menor de 14 años puede concurrir con la conducta punible de incesto, a menos que la misma se derive únicamente del vínculo consanguíneo (M.P. Fernando Alberto Castro Caballero).
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