Conozca la vía para reclamar perjuicios por delitos tramitados bajo procedimiento especial abreviado
La Sala Penal de la Corte Suprema explicó que el procedimiento especial abreviado es compatible con el sistema de responsabilidad penal para adolescentes.
16 de Mayo de 2019
La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia aclaró que el procedimiento especial abreviado, diseñado para investigar y juzgar conductas de menor lesividad, es compatible con el sistema de responsabilidad penal para adolescentes.
Lo anterior excepto en lo relacionado con la figura del acusador privado, expresamente prohibida en este tipo de asuntos. (Lea: NOVEDAD: Hacen precisiones sobre el principio de favorabilidad en el procedimiento abreviado)
Ahora bien, el alto tribunal estudió cuál es la vía a la que debe acudir la víctima para reclamar la reparación integral de los perjuicios que le fueron ocasionados por una conducta punible de las que se investigan y juzgan por el procedimiento especial abreviado.
Al respecto enfatizó que en los casos tramitados bajo el esquema simplificado el incidente de reparación integral es el único escenario para discutir la responsabilidad civil derivada de la conducta punible.
Conversión de la acción penal
La providencia también resaltó que cuando la Fiscalía autorice la conversión de la acción penal en privada la Ley 1826 de 2017 contempla dos posibilidades:
(i)Que dentro del escrito de acusación se incorpore la pretensión de reparación integral, sobre la misma se practiquen pruebas y en la sentencia se condene al penalmente responsable al pago de los daños causados con la conducta punible, de acuerdo con lo acreditado en el juicio
(ii)Que, subsidiariamente, cuando el acusador privado no formule su pretensión resarcitoria en el escrito de acusación pueda acudir a la jurisdicción civil.
Ello es posible gracias que, debido a la conversión mencionada, terminan por coincidir en una sola persona las calidades de víctima y de acusador privado, pasando este último a hacer “las veces de fiscal” y, por ello, a desempeñar una función pública de manera transitoria. (Lea: Todo lo que un abogado debe saber sobre el nuevo procedimiento penal abreviado)
Entonces, concluyó que esta conjunción de calidades es lo que posibilita que simultáneamente, en una misma pieza procesal (escrito de acusación), se acuse y se reclame la reparación integral de los perjuicios ocasionados con la conducta punible. Sin embargo, aclaró que esa alternativa está expresamente proscrita “cuando se trate de procesos adelantados por el sistema de responsabilidad penal para adolescentes” (M. P. José Luis Barceló Camacho).
Corte Suprema de Justicia, Sala Penal, Sentencia SP-6852019 (54455), Mar. 6/19.
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