Pasar al contenido principal
29 de Marzo de 2024 /
Actualizado hace 1 día | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Noticias / Penal


Así se determina la competencia de la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la JEP

14 de Septiembre de 2018

Reproducir
Nota:
35292
Imagen
farc-guerrilla-conflictoreu-1509242152.jpg

Acorde con lo previsto en el artículo 29 de la Ley 1820 de 2016, el cual regula la amnistía, el indulto y los tratamientos penales especiales, le corresponde a la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) asumir el conocimiento de los casos objeto de su competencia. Así lo precisó la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia.

 

Por medio de esa sentencia de tutela se indicó que dentro de estos casos están los integrantes de las FARC-EP tras la entrada en vigencia del Acuerdo Final de Paz con el Gobierno nacional, de conformidad con los listados entregados por representantes designados por dicha organización expresamente para ese fin. (Lea: Prima de servicios a que tienen derecho los servidores de la JEP puede ser proporcional)

 

Dichas competencias también están previstas cuando agentes del Estado se vean involucrados en los supuestos a los que se refiere el artículo 28 de la Ley 1820, que define la competencia y el funcionamiento de la sala de definición.

 

Con todo, el fallo concluyó que a partir del momento en que la sala de definición de la JEP entró en funcionamiento asumió competencia exclusiva para determinar si la conducta reprochada a los agentes del Estado que se postulan a esa especial jurisdicción, tiene o no relación con el conflicto armado. (Lea: Estos son los tres casos que estudia la JEP)

 

El fallo también enfatizó, con base en reiteradas providencias precedentes, que esta corte no tiene competencia para reconocer o negar la remisión de las diligencias a la JEP, menos aún, para tomar una decisión sobre la relación que los hechos que se le atribuyen pueda o no tener con el conflicto armado a efectos de discernir si los hechos que se le atribuyen son de competencia de la JEP.

 

Lo anterior, en tanto, la determinación al respecto le compete con exclusividad a la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas, aseguró la sala penal (M.P. Patricia Salazar Cuéllar)

 

(Corte Suprema de Justicia, Sala Penal, Sentencia STP-90022018 (99239), Jul. 10/18)

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)