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Fiscalía explica qué son los delitos querellables y cómo deben denunciarse

Estos delitos tienen penas menores y permiten conciliación entre las partes involucradas

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23 de Mayo de 2025

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Los delitos querellables son aquellas conductas consideradas de menor gravedad que requieren una acción expresa por parte de la víctima para que la Fiscalía pueda iniciar un proceso penal. Esta acción se denomina querella y puede ser presentada de forma verbal o escrita. Es indispensable que la querella contenga una relación clara y detallada de los hechos, así como la constancia del día y la hora en que se realizó la denuncia.

De acuerdo con la normativa colombiana, estos delitos tienen penas inferiores a cinco años de prisión y están sujetos a un periodo de caducidad. La querella debe interponerse en un plazo máximo de seis meses desde la ocurrencia del hecho. No obstante, si la víctima demuestra que no tuvo conocimiento del delito por razones de fuerza mayor, dicho plazo puede extenderse por otros seis meses.

Una vez la Fiscalía tiene conocimiento de un delito querellable, la víctima puede desistir del proceso penal o renunciar a su continuación. Además, se contempla la posibilidad de conciliación entre las partes involucradas, con el objetivo de llegar a una solución acordada que evite la judicialización del conflicto.

Entre los delitos que requieren querella para su judicialización se encuentran las lesiones personales sin consecuencias permanentes, la omisión de socorro, la injuria y la calumnia, entre otros contemplados en el artículo 74 del Código de Procedimiento Penal. La importancia de conocer esta categoría jurídica radica en el papel activo que debe asumir la víctima para activar el proceso penal.

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