Argumentación de una apelación es un acto trascendente en la composición del procedimiento (3:58 p.m.)
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02 de Mayo de 2019
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La fundamentación o argumentación de una apelación constituye un acto trascendente en la composición del procedimiento o rito procesal, por lo que no es suficiente que el recurrente exprese su inconformidad genérica con la providencia impugnada. Por el contrario, es indispensable concretar el tema o materia de disentimiento presentando los argumentos tácticos y jurídicos que conducen a cuestionar la determinación impugnada, precisó la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia. Así las cosas, de no ser acatada esa carga de fundamentación por parte del recurrente se impone al juez declarar desierto el recurso, sin que se pueda abrir a trámite la segunda instancia, toda vez que frente a una fundamentación deficiente al funcionario no le es posible conocer acerca de qué aspectos del pronunciamiento se predica el agravio. Igualmente, la corporación advirtió que la sustentación del recurso como carga para el impugnante cumple una función relevante para la actuación, en tanto una vez satisfecho el requisito para acceder a la segunda instancia, la fundamentación expuesta adquiere la característica de convertirse en límite de la competencia del superior, a quien solo se le permite revisar los aspectos impugnados (M. P. Patricia Salazar Cuéllar).
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