No es posible retractarse del allanamiento expresa o tácitamente (12:07 p.m)
21 de Julio de 2017
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Nota:
55918
La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia recordó que la jurisprudencia de esa corporación ha sostenido que una vez aceptado el allanamiento, y al haberse constatado la inexistencia de vicios o afectación de garantías, no es dable retractarse de él expresa o tácitamente. Según el alto tribunal, la renuncia al juicio mediante la aceptación de culpabilidad implica desistir de la actividad y contradicción probatoria, por lo que no es viable plantear recursos que susciten controversias dirigidas a modificar los enunciados de hecho que constituyen la imputación fáctica aceptada por el imputado (M. P. Patricia Salazar).
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