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La crisis carcelaria de siempre

14 de Febrero de 2013

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Omar Eduardo Gil Ordóñez

Coordinador Área de Capacitación y Desarrollo del Instituto de Victimología de la Universidad Santo Tomás, Seccional Bucaramanga

 

Con la reciente decisión que en sede de tutela profirió el Juzgado 56 Penal del Circuito de Bogotá, ordenando para la cárcel Modelo del Distrito Capital la suspensión de la admisión de reclusos y el traslado a otros centros penitenciarios de los condenados que están allí, una vez más se evidencia la grave crisis carcelaria que de mucho tiempo atrás atraviesa el país.

 

Nuevamente estamos hablando por estos días del hacinamiento carcelario, de las condiciones de insalubridad en los centros de reclusión, de la reiterada violación de derechos humanos, o como se lee en el fallo de tutela, de las “condiciones de pisoteo total de la dignidad de los seres humanos privados de la libertad”; y como respuesta decimos otra vez que con urgencia se requieren acciones concretas, inmediatas y eficaces por parte del Estado.

 

Obvio, ante las órdenes judiciales, ante los reclamos y ante las voces de alarma, surgen las respuestas. El Inpec, con su director de turno, dice mediante un comunicado a la opinión pública que las “cárceles son un problema de Estado” y a su vez el Ministerio de Justicia y del Derecho, también como representante del Estado y responsable en este asunto, reitera que en materia carcelaria “se busca una solución real y no coyuntural”. Se escucha hablar entonces de planes de acción para reducir los índices de hacinamiento en los centros penitenciarios del país, de medidas para hacerle frente al problema carcelario, y desde septiembre del año pasado, de la Comisión de Seguimiento al Sistema Penitenciario y Carcelario Colombiano; pero ni con aquello, ni con lo uno, ni con lo otro, ni con nada disminuyen las dificultades.

 

También se ha oído decir del proyecto de un nuevo Código Penitenciario y Carcelario que remplace la obsoleta Ley 65 de 1993. Un renovado estatuto de prisiones que como eje fundamental contempla cuatro regímenes de tratamiento a los internos: (i) el abierto, privilegiando la libertad y la reintegración como una forma primordial de la ejecución de la pena; (ii) el semiabierto, que permitirá la salida de los internos durante los fines de semana; (iii) el semicerrado, con un régimen de visitas flexible y periodos limitados y excepcionales de libertad; (iv) y finalmente, el régimen que se aplica actualmente y que se denominará cerrado.

 

Pero así como se escucha hablar de una nueva propuesta normativa, ojalá no se termine diciendo también, como sucedió con el proyecto que sobre la materia presentó el Gobierno Nacional a consideración del Congreso en el año 2011, que la iniciativa fue “archivada por tránsito de legislatura, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 190 de la Ley 5ª de 1992”, demostrando con ello que pareciera no existir voluntad política por solucionar la grave crisis carcelaria del país y que en Colombia nada nos importan los presos.

 

Seamos sinceros. En definitiva parece ser que se dice mucho y poco es lo que en últimas se hace. Resulta evidente que olvidamos a su suerte a quienes por haber incurrido en la comisión de una conducta punible, terminan en algún momento de sus vidas privados de la libertad en un centro penitenciario, pues teniendo la pena como función, la prevención general, la retribución justa, la prevención especial, la reinserción social y la protección al condenado, lo referente a la “reinserción social y protección al condenado” son letra muerta en nuestro medio.

 

Las acciones son urgentes, las nuevas normas se requieren y se esperan, pero nada ha de servir si antes no tomamos verdadera conciencia del problema y actuamos en consecuencia. En tanto todo quiera ser solucionado volviéndolo delito y aumentando el monto de las penas, mientras aquí se siga creyendo que la cárcel es la más efectiva respuesta a la crisis de valores que vivimos, y en la medida en que no nos preocupemos por reeducar, ayudar y asistir al hombre que no supimos ni quisimos formar cuando niño, todo continuará igual, y de cambiar, será para empeorar, permaneciendo por siempre y para siempre ese estado de cosas inconstitucional que en relación con el sistema penitenciario declaró la Sentencia T-153 de 1998.

 

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