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Estos son los delitos ambientales que podrían acarrearle sanciones penales

La legislación castiga a quienes alteren o destruyan recursos naturales sin autorización legal.
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22 de Mayo de 2025

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En Colombia, los delitos ambientales son considerados conductas que causan daños significativos a los recursos naturales, los ecosistemas y la biodiversidad, y están tipificados en el Código Penal. Estas infracciones pueden derivarse tanto de acciones como de omisiones que alteran el equilibrio ambiental. Entre las conductas sancionadas se encuentran la contaminación, la explotación ilegal de recursos, la deforestación, la caza y pesca ilegales y el tráfico de fauna y flora silvestre. La legislación contempla penas de prisión y multas, cuya magnitud depende de la severidad del daño y de si se afecta a zonas protegidas o poblaciones vulnerables.

El artículo 332 del Código Penal establece sanciones por la contaminación ambiental causada por agentes físicos, químicos o biológicos, mientras que el artículo 328 sanciona la explotación ilícita de recursos naturales. También se penaliza la afectación de cuencas hídricas, los vertimientos ilegales y la manipulación de residuos peligrosos, que representan un riesgo para la salud y el equilibrio ecológico. Actividades como la caza y pesca en vedas o el uso de métodos destructivos, así como la ocupación de áreas protegidas para fines agrícolas o de infraestructura, están igualmente penalizadas. (Lea: Perspectivas del Derecho Ambiental en los nuevos tiempos )

Otras infracciones incluyen la provocación de incendios forestales y los delitos contra el paisaje, los cuales alteran ecosistemas y el valor natural o histórico del territorio. Aunque algunas conductas no están específicamente nombradas en el Código Penal, como la deforestación, se castigan mediante artículos relacionados con el daño ambiental. Asimismo, los delitos pueden agravarse si hay reincidencia o si se produce en ecosistemas estratégicos como la Amazonía.

Además de las sanciones penales, las conductas ilícitas contra el medio ambiente generan consecuencias administrativas y civiles. Las autoridades competentes, como el Ministerio de Ambiente o la ANLA, tienen la potestad de suspender actividades, imponer multas y ordenar la restauración de los daños ocasionados.

La Dirección Especializada para los Delitos contra los Recursos Naturales y el Medio Ambiente de la Fiscalía General de la Nación lidera las investigaciones sobre estas conductas. Esta dependencia se encarga de acompañar las actuaciones judiciales, recolectar pruebas y perseguir penalmente a quienes vulneran la normativa ambiental. La legislación también contempla el concepto de impacto ambiental grave y ecocidio como formas extremas de daño a la naturaleza, reforzando así el compromiso del Estado colombiano con la protección del medio ambiente.

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