El juez penal no está obligado a pronunciarse sobre todos los alegatos en providencia judicial (10:47 a.m.)
02 de Febrero de 2016
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Nota:
105633
La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia reiteró que al juez, en virtud del principio de motivación, no le corresponde atender puntualmente todos y cada uno de los alegatos que los sujetos procesales puedan efectuarle, sino tan solo explicar desde un punto de vista racional la decisión proferida respecto de los aspectos objeto de debate, mediante la inclusión de argumentos fácticos y jurídicos deducidos del material probatorio que figura en la actuación. Sin embargo, la alta corporación también esbozó que si existe la intención de anular un laudo no se pueden erigir como causales de nulidad con carácter absoluto eventos en que se presentan posibles precariedades o falencias de respuesta, siempre y cuando la sentencia satisfaga en forma plena los deberes de fundamentación del supuesto fáctico y probatorio, máxime cuando es insuficiente un argumento sustentador de un vicio de motivación simplemente por las expectativas que el sujeto procesal tiene acerca de sus propuestas.
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