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Cuando hay aceptación de cargos en el procedimiento especial abreviado se deben aplicar rebajas (3:47 p.m.)

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08 de Octubre de 2019

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Una providencia de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia precisa que en los casos de aceptación o allanamiento a cargos por flagrancia se deben aplicar las rebajas conferidas por la Ley 1826 del 2017, las cuales se aplican por favorabilidad a los delitos enlistados en el procedimiento abreviado. Y es que si bien la nueva Ley 1826 impide ajustar al procedimiento especial abreviado las actuaciones en trámite por los hechos punibles expresamente relacionados en ella, “tal prohibición no constituye obstáculo legal para reconocer las situaciones más favorables en los procesos iniciados antes de su vigencia, conforme lo disponen los instrumentos internacionales”, finaliza el fallo (M. P. Luis Guillermo Salazar).

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